• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 5039/2022
  • Fecha: 15/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Multa de 250.000 € por la infracción del artículo 5.1.a) del Reglamento (UE) 2016/679 de Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016. "Política de Privacidad" de la web www.laliga.com Estima el recurso de casación y, en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada afirma que la Agencia de Protección de Datos está facultada para establecer medidas que refuercen la transparencia en el tratamiento de los datos con la finalidad de salvaguardar los derechos de los usuarios. La obligación de actuar con transparencia no solo es exigible en el momento inicial de la instalación de una aplicación sino también durante su funcionamiento, especialmente cuando se sigan recopilando datos personales del usuario a lo largo del tiempo. Si bien a la Agencia de Protección de Datos puede precisar el alcance del principio de transparencia e incluso requerir mecanismos adicionales de garantía atendiendo a las circunstancias concurrentes, ello no permite sancionar directamente una conducta por el incumplimiento de garantías que se concretaron a posteriori y que no eran previsibles en el momento en que se realizaron las conductas sancionadas. La Agencia en uso de estas facultades debería de haber dirigido un requerimiento previo al operador para que acomodase su conducta a las exigencias que se consideraban necesarias.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO ESPIN TEMPLADO
  • Nº Recurso: 463/2023
  • Fecha: 10/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los procedimientos de cancelación de la inscripción en el registro de preasignación de retribución para instalaciones fotovoltaicas del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, se siguen directamente con el titular de la inscripción, que es el titular de derechos e intereses legítimos, sin perjuicio de que el avalista pueda comparecer en los mismos. Y en el de ejecución de la garantía, diferente del anterior, es parte en el procedimiento el prestador de la garantía o aval, al que ha de notificarse la incoación. El incumplimiento del plazo de un mes para iniciar el procedimiento de ejecución o cancelación del aval establecido en el artículo 8.4 del Real Decreto 1578/2008, no produce el efecto de caducidad o extinción de la obligación de pago. Inaplicación de los plazos del artículo 23 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro. La acción para ejecutar el aval no puede ejercitarse por la Administración con anterioridad al acuerdo de cancelación por incumplimiento de la inscripción del proyecto en el registro de preasignación de retribución. No es aplicable Reglamento de Cajas y Depósitos aprobado por el Real Decreto 937/2020.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 4030/2024
  • Fecha: 10/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si en un procedimiento sancionador seguido ante la Comisión Nacional de la Competencia, es aplicable la regla contenida en el artículo 89.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre el procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y anteriormente en el artículo 20 del derogado Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora que dispone que el importe de la sanción es parte esencial del contenido de la propuesta de resolución, o por el contrario resulta aplicable el artículo 34 del Reglamento de Defensa de la Competencia que no menciona expresamente el importe de la sanción entre los extremos que debe contener la propuesta de sanción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 4299/2024
  • Fecha: 10/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en determinar: (i) si en un procedimiento sancionador seguido ante la Comisión Nacional de la Competencia, es aplicable la regla contenida en el artículo 89.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre el procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y anteriormente en el artículo 20 del derogado Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, que dispone que el importe de la sanción es parte esencial del contenido de la propuesta de resolución, o por el contrario resulta aplicable el artículo 34 del Reglamento de Defensa de la Competencia que no menciona expresamente el importe de la sanción entre los extremos que debe contener la propuesta de sanción; y (ii) si, acreditada la existencia de un plan común para el desarrollo de la actividad anticompetitiva, como así lo ha considerado la sentencia recurrida, los lapsos temporales transcurridos entre las conductas infractoras acreditadas enervan o no la calificación como continuada de la infracción, y las consecuencias que ello pueda tener sobre la prescripción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 460/2023
  • Fecha: 10/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los procedimientos de cancelación de la inscripción en el registro de preasignación de retribución para instalaciones fotovoltaicas del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, se siguen directamente con el titular de la inscripción, que es el titular de derechos e intereses legítimos, sin perjuicio de que el avalista pueda comparecer en los mismos. Y en el de ejecución de la garantía, diferente del anterior, es parte en el procedimiento el prestador de la garantía o aval, al que ha de notificarse la incoación. El incumplimiento del plazo de un mes para iniciar el procedimiento de ejecución o cancelación del aval establecido en el artículo 8.4 del Real Decreto 1578/2008, no produce el efecto de caducidad o extinción de la obligación de pago. Inaplicación de los plazos del artículo 23 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro. La acción para ejecutar el aval no puede ejercitarse por la Administración con anterioridad al acuerdo de cancelación por incumplimiento de la inscripción del proyecto en el registro de preasignación de retribución.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 860/2022
  • Fecha: 08/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de perdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019. Se anula parcialmente por lo que respecta a la empresa recurrente en el cálculo de las cantidades que deben reconocerse como ROMNLAE de 2015, 2016 y 2017 e IBO de 2015. El concepto ROMNLAE, se define como el término de retribución por operación y mantenimiento que la empresa distribuidora "i" percibe el año "n", asociado a la labor de mantenimiento realizada el año n-2 que no esta retribuida en el término ni esta directamente ligada ni retribuida en la retribución a los activos eléctricos recogidos en las unidades físicas. La Sala concluye que no resulta procedente incluir los costes de arrendamiento de dos locales destinados a almacenar documentación de la empresa, por cuanto dicha actividad no esta directamente relacionada con los costes de operación y mantenimiento propios del ROMNLAE, por lo que no procede su inclusión. Estima también las cantidades reclamadas por la empresa recurrente en concepto de IBO de 2015 fundándose en el informe pericial aportado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 4327/2023
  • Fecha: 03/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si resulta aplicable el principio de proporcionalidad a la devolución o reintegro de subvenciones procedentes de fondos de la Unión Europea.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 858/2022
  • Fecha: 02/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de perdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019. Se estima exclusivamente en lo que atañe a las inversiones en IBO realizadas en los 2015 y 2017 ordenando a la Administración a que incluya esas cantidades y recalcule la retribución que le corresponde a la empresa recurrente, para ello la Administración deberá abonar la nueva retribución resultante y los intereses legales correspondientes a la diferencia de retribución resultante y la retribución percibida desde que se cobró la cantidad reconocida por la Orden impugnada hasta que se abone el total del importe debido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 8186/2022
  • Fecha: 02/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestima el recurso de casación y, en respuesta a la cuestión de interés casacional formulada en el auto de admisión, la conducta consistente en la desatención por parte de un operador titular de la red pública de comunicaciones electrónica de los requerimientos efectuados por la inspección en materia de telecomunicaciones para aportar los datos identificativos del prestador audiovisual que le encomienda las emisiones radioeléctricas y al que presta el servicio de red, tiene encaje en el apartado 11 del articulo 77 LGTel. En concreto, el tipo infractor del artículo 77.11 LGTel describe una actividad consistente en una negativa, una obstrucción o una falta de colaboración en relación con el ejercicio de la concreta función inspectora en materia de telecomunicaciones por los órganos que la tienen encomendada por el articulo 72 LGTel, mientras que la infracción descrita por el artículo 77.35 LGTel se refiere a la conducta consistente en no facilitar, cuando resulte exigible con arreglo a la normativa de comunicaciones electrónicas, los datos requeridos por la Administración, sin mayores precisiones, es decir, sin que sea necesaria la presencia de una de las Administraciones a que se refiere el artículo 72 LGTel en ejercicio de sus funciones inspectoras.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO ESPIN TEMPLADO
  • Nº Recurso: 704/2023
  • Fecha: 25/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre el Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 27 de abril de 2023 por el que se desestima el recurso de alzada 41/2003. Corresponde a la parte demandante la carga procesal de justificar suficientemente la base jurídica de la pretensión actuada, la cual no se cumple cuando se limita a exponer sin más la cuestión a resolver, y sin tan siquiera intentar justificar, que en la decisión tomada han sufrido los principios de independencia e imparcialidad, en este caso en relación con el sistema actual de elección de los vocales del CGPJ que el TC ha considerado conforme a la Constitución. Principio de proporcionalidad, gradación de sanción.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.